MARCHA DE LOS PUEBLOS 9/12/11

sábado, 16 de junio de 2012


UN TROCITO DE CORRUPCIÓN

  • “El 80 por ciento de los chicos de barrio Ituzaingó (Anexo) tiene agroquímicos en la sangre”.
  • “De una población de 142 niños, a 114 se les detectó agroquímicos organoclorados en sangre con niveles por encima de lo tolerable”.
  • Estos datos surgen de un Estudio encargado por la Comisión Nacional de Investigación de Agroquímicos, creada por la Nación a raíz del caso Ituzaingó Anexo. Este Organismo encomendó a médicos cordobeses la realización del citado estudio para indagar la presencia de biomarcadores en sangre.

Como ven, la primera actuación de la Comisión Nacional de Investigación de Agroquímicos se realizó en Córdoba, en el Barrio Ituzaingó Anexo.
Lo que muy pocos saben, es que la segunda actuación (2ª Informe) se realizó en la ciudad de Bandera, SE de la Provincia de Santiago del estero, ante igual denuncia, por iguales prácticas.
Tal como la comisión procedió en Córdoba, constan en el Informe de Bandera recomendaciones hacia la Nación, la Provincia de Santiago del Estero y el Municipio de la ciudad de Bandera. Ninguna fue acatada, ni satisfecha.
Quien quiera experimentar la sensación de tener un pedazo de corrupción en la mano para triturarla, pisotearla y luego quemarla, imprima este informe y dese el gusto.
Esta es la corrupción que mata y está pródigamente alimentada por los estamentos políticos-funcionales de esta provincia olvidada.
Si por las dudas tiene un cachito de tiempo, adjunto el Informe completo.
victor krieger fabbroni


INFORME DE RECONOCIMIENTO Y OBSERVACIÓN EN LA LOCALIDAD DE BANDERA, PCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO
27 al 29 de mayo de 2009
Responsable: M. Leticia Lahitte

En el marco de la Comisión Nacional de Investigaciones por Agroquímicos creada por el Decreto Nº 21/09, el Ministerio de Salud dispuso una línea telefónica para que la sociedad pueda presentar denuncias vinculadas al uso de plaguicidas.
A raíz de dos denuncias recibidas se dispuso una visita a la localidad de Bandera  de la provincia de Santiago del Estero como primera respuesta inmediata. A continuación se presenta el Informe correspondiente a dicha visita.

1) Denuncia

En el mes de enero de 2009 se reciben dos denuncias de particulares vinculadas a la localidad de Bandera. En la primera de ella se denuncia la fumigación área con glifosato en campos colindantes al área urbana así como el paso de aviones fumigadores sobre el tejido urbano y el tránsito de maquinarias destinadas a la fumigación en las calles de la localidad. Asimismo se denuncia el incremento de afecciones dermatológicas y respiratorias de la población vecina a las áreas rurales así como la presencia de malformaciones de niños nacidos en la localidad. Situación similar es descrita en la otra denuncia en la que se incluye además, el deterioro de la flora y fauna autóctona y la contaminación de aguas con plaguicidas en el canal a cielo abierto que abastece de agua a la localidad. 

En los hechos de la denuncia se señalan dificultades del sistema de atención a la salud para detectar y tratar estos casos, no exentas de posibles discriminaciones sociales. En la ampliación de la denuncia a través de la encuesta autoadministrada que se le envió a cada uno de los denunciantes, se menciona la posibilidad de adjuntar fotocopia del diagnóstico presuntivo de dos de estos pacientes. Anexo Nª 1.  En el Anexo N” 2 se incluye presentaciones diversas realizadas por el denunciante Victor Krieger a la Policía de Bandera, a la Municipalidad de Bandera y al Honorable Cámara de Diputados de Santiago del Estero en relación al tema de su denuncia.

2) Gestión de la visita
El objetivo de la visita fue ampliar la información disponible en relación a los problemas denunciados, contactando en primer lugar, a los denunciantes y a través de su intermedio, a las personas y a los lugares afectados. En segundo lugar; recabar más datos reconociendo los puntos de vista, las propuestas y la percepción del problema en diferentes actores vinculados con la denuncia y, en tercer lugar; recopilando las Ordenanzas Municipales vinculadas a la regulación del problema denunciado. La finalidad de esta información es contar con la mayor y mejor calidad de datos de cara a futuras intervenciones por parte de la Comisión Nacional de Investigación en Agroquímicos.

La agenda del viaje se configuró a través de citas previas tanto con los denunciantes como con el Intendente de la localidad y el Director del Hospital. El resto de las visitas se concretaron en el lugar debido al devenir de los acontecimientos y a instancias de quien suscribe excepto la realizada con la Sociedad Rural que fue pedida por la organización.  La misma se acompaña al final de este informe. 

Para realizar la visita se dispuso de los siguientes datos: la encuesta ampliada de los denuncias, datos obtenidos en la página web del Municipio de Belgrano, del cual Bandera es su cabecera, la Ley Provincial de Agroquímicos N° 6312 y la guía de observación elaborada por la Dirección de Determinantes de la Salud e Investigación para orientar el registro y observación de las situaciones denunciadas.



3) Características del área  denunciada
3.1 Ubicación y características geográficas
 Bandera es la ciudad cabecera del Departamento Belgrano en la región sudeste de la provincia de Santiago del Estero. Este Departamento limita hacia el norte con el Departamento de Taboada, hacia el oeste con el Departamento de Avellaneda y hacia el sur con el Departamento de Aguirre. Su frontera este es la provincia de Santa Fé. El Departamento Belgrano consta de una superficie de 3.314 km2 un 2,4 % del total provincial, siendo por superficie el 19º departamento dentro de las 27 jurisdicciones en que se divide políticamente la provincia. Otras poblaciones importantes del Departamento Belgrano son Guardia Escolta y Fortín Inca.
Bandera Se encuentra a 272km de la ciudad capital. Bandera está comunicada a través de la Ruta Nacional (RN) N° 98 –que une la localidad con la provincia de Santa Fé y con la  RN N° 34 (Santá fé  – Tucumán),  la ruta provincial (RP) N° 21 hacia la ciudad de Añatuya y Santiago Capital y la RP N° 13 hacia la localidad de Los Juríes. 
Este departamento y esta localidad comparten las características geográficas de la provincia, es decir la combinación de lo que se denomina bosque chaqueño con zonas de sabana, aunque con el aumento de la superficie cultivada, este departamento ha tenido una deforestación de 7735 has[1], el 2,3% de la superficie del Departamento.
 3.2 Características sociodemográficas de la localidad. Servicios y Organización de los recursos
Esta localidad ha tenido un fuerte aumento de su población vinculada al desarrollo de la agricultura en la última década. En el Censo del año 1991 se registraron 3.343 habitantes para pasar a 5.335 habitantes según Censo del año 2001 para en la actualidad contar alrededor de 10.000 habitantes según datos otorgados en el Municipio para el área urbana y unos 2.000 para el área rural. Bandera concentra aproximadamente el 70% de la población del Departamento.

Según el último censo (2001), la distribución ocupacional en el Departamento de Belgrano indicaba que el 16,82% del empleo era público, el 43,23% lo era privado, el 27,83 % eran cuentapropistas y el 12,10% correspondía a la categoría de patrón y trabajador familiar.  Esta distribución no corresponde a la provincial para el mismo año, ya que el 26,5% de los empleos correspondían al sector público en tanto que el 36,5% lo eran del sector privado. 

En el momento de la visita, el Municipio registraba cien desocupados. 

En relación a los recursos, Bandera cuenta con un Hospital zonal con una dotación de 4 médicos generalistas incluyendo al director del hospital y un agente sanitario por el Plan Nacer (Programa dependiente del Ministerio de Salud de Nación). Se atienden aproximadamente 120 personas por día. El 98% de las embarazadas están cubiertas por el Plan Nacer y el Programa REMEDIAR (del MSN) provee el 50% de los medicamentos. El resto es provisto por el Ministerio de Salud Provincial.

El municipio cuenta con dos salas de primeros auxilios ubicados en dos barrios periféricos de la localidad. Estas salas tienen una enfermera permanente durante el día y dos médicas dependientes de la Municipalidad que atienden por la tarde rotando según los días en una u otra sala. Al momento de la visita, se estaba finalizando con la construcción de un Centro Integral Comunitario (CIC) dependiente del Ministerio de Desarrollo de Nación. Dicho Centro contará con un trabajador Social, un médico, una psicóloga (dependiente de Médicos Comunitarios del MSN).

 Bandera es sede de delegaciones de SENASA, INTA y de la Agencia de Desarrollo Regional dependiente del Ministerio de la Producción del Gobierno de Santiago del Estero. De la sociedad civil, Bandera dispone de una Asociación de promoción de la actividad cultural, una asociación de Scout y la Sociedad Rural como entidad que nuclea a productores y personal afín a la actividad agropecuaria.

La localidad cuenta con agua de red, luz eléctrica y no dispone de red cloacal. La provisión de agua resulta problemática en la localidad. El agua se obtiene por tres medios: recolección de agua de lluvia en aljibes en las viviendas particulares, de un pozo cuya agua es distribuida en camiones cisternas para algunos barrios de la ciudad y agua de red proveniente del Canal a cielo abierto “Virgen del Valle”.

Este canal se forma con aguas de un afluente del Río Salado en las proximidades del la localidad de Herrera en el Departamento de Avellaneda.  El agua es filtrada por una planta de bombeo y de purificación rápida, la cual en este momento no resulta suficiente para las necesidades locales. En el Anexo N° 3 se adjunta análisis de agua del Departamento de Bromatología de la Municipalidad de Bandera.

La contaminación del agua de este canal, así como el ´barrido´de plaguicidas en canaletas para el agua de lluvia en el momento de la lluvia, fue una de las cuestiones denunciadas. La contaminación –en todo caso, no solo por plaguicidas, sino por pisoteo de animales y eventuales animales muertos y otras fuentes de contaminación, fue reconocida por otros actores institucionales. Cabe agregar que en la entrevista con el Intendente de la localidad se informó que está avanzado el proyecto de construcción de otra planta potabilizadora y ya está asignado un subsidio Nacional para la limpieza del mencionado canal. 

La localidad tiene las calles céntricas asfaltadas y en el resto del tejido urbano, las calles son de tierra. Se registran 2.500 viviendas y para el Municipio hay un déficit habitacional de 350 viviendas. Se han finalizado 50 viviendas y otras 50 se encuentran en ejecución a través de Programas del Ministerio de Desarrollo de la Nación.
4. Entrevistas y observaciones

4.1 Acerca del proceso de Producción

El Municipio de Belgrano tiene aproximadamente unas 280.000 hs. cultivables (dato del Municipio). Los cultivos predominantes son: soja, maíz y sorgo. En la franja del municipio que limita con la provincia de Santa Fé, la producción es mayormente ganadera. A raíz de la expansión de tierras cultivables a partir de la importancia y aumento del cultivo de la soja, se perdieron 30.000 cabezas de ganado que se ubicaron en tierras del Departamento de Aguirre, en las proximidades de la localidad de Pinto. No obstante, a pesar del vuelco hacia una producción fundamentalmente agrícola, Santiago del Estero fue una de las provincias que aumentó el número de ganado. Este cambio fue posible por la adopción de esquemas intensivos de producción (datos del Municipio). Se comenta en la entrevista, que el Municipio cuenta con un informe de una consultora financiada por el Ministerio de Planificación Federal, Inversión pública y Servicios y Ministerio de la Producción de la Provincia por el que se demuestra que la zona de Bandera es altamente productiva.

Hay una pequeña zona de minifundios ubicados entre las localidades de Toledo y Aspirante, localidades próximas al Departamento de Taboada. Son aproximadamente 50 productores minifundistas que viven en tierras cedidas por productores que adquirieron tierras fiscales. Su situación no está regularizada y están actualmente desocupados (su economía es mixta). La extensión de sus tierras no supera las 50 hectáreas. La Municipalidad, junto con la Agencia de Desarrollo está planteando un plan de cultivo de alcaparras[2] para estos productores. Hay 30 familias de productores minifundistas inscriptos para este proyecto. Éstos también reciben asesoramiento del INTA, en lo que la institución denomina producción de autoconsumo: huerta, producción vacuna, ovina, y caprina.

 El asesoramiento a productores es realizado por La Agencia de Desarrollo y el INTA. En el caso de Agencia de Desarrollo, se otorga además apoyo en los trámites agropecuarios: registro de aplicadores, de expendedores y/o depósitos de agroquímicos. La última capacitación realizada para aplicadores y productores rurales se realizó en el año 2007. Se adjunta copia del programa de capacitación. Anexo Nª 4.

El INTA realiza dos “Jornadas de Campo”: 1) de verano (cultivos de abril-mayo) y 2) para los cultivos de noviembre-diciembre. En estas jornadas se asesora sobre manejo de cultivos: qué y cómo cultivar y manejo de recursos naturales (desmonte).

La descripción del proceso de trabajo para realizar la fumigación según la descripción realizada por el Ingeniero Omar Puig, Jefe de Agencia INTA Bandera es la siguiente. El primer paso es la evaluación de plagas. En general los productores tienen sus propios ingenieros consultores y son quienes emiten una “orden de fumigación”. Los expendedores de agroquímicos tienen a su vez, la obligación de vender el producto con una receta de aplicación extendida por un ingeniero agrónomo de la empresa que prescribe el caudal de agua según tipo de aplicación (terrestre o área). Esta receta es entregada a la empresa de aplicación, que a su vez debe incluir otro ingeniero agrónomo para efectivizar el control de las aplicaciones.

El productor necesita para sus controles impositivos las facturas con los productos de aplicación –situación que implica un detalle de los productos agroquímicos adquiridos. Este proceso, descrito por el Ing. Puig,  permite según su análisis, tener un mayor control y transparencia de los productos vendidos y verificar que realmente no se usen productos inadecuados o no permitidos (caso de 2.4.D, actualmente prohibido).

Respecto de los productos utilizados (información del INTA) se ultilizan salamina   más glifosato en aplicaciones terrestres. En las aplicaciones terrestres a los cultivos de soja se le aplica herbicidas e insecticidas, entre los cuales se utiliza  atrazina tanto como pre emergente y post emergente.

En relación a disposición de envases, se informó que existen empresas que se encargan de acopiar el material de desecho así como los plásticos de los silo bolsa. Este material se traslada para ser re usado. Ante la consulta de si el material es previamente lavado como lo determina la normativa, se mencionó que en la zona no hay agua para efectuar dicho procedimiento (datos de la Agencia).

Respecto de las dosis de aplicación y posibles derivas de las sustancias por efecto del viento, los miembros de la Sociedad Rural consideraron que ambas situaciones –como motivos de denuncia son inconsistentes- ya que por razones estrictamente económicas vinculadas a los altos costos de los plaguicidas, no les conviene desperdiciar producto. Del mismo modo, por la alta incidencia del sol en la región evitan aplicaciones donde el proceso pueda ser perjudicial para la producción. Ante la consulta de por qué la gente consideraba que había efecto de deriva y malos olores en las proximidades de los campos evaluaron que en todo caso había productores que no controlaban el trabajo de los aplicadores.

Respecto del uso de fertilizantes, los miembros de la Sociedad Rural, plantearon que en la zona se usa muy poco, un 10% del total de lo que se usa en la Pampa húmeda por las características de suelo y agua. Por esta razón, consideran que no hay contaminación de suelos por nitratos.

Sin precisar números, se menciona que productores representados en la Sociedad Rural son miembros de AAPRESID , ONG que promueve la conservación del suelo a partir de la promoción de la siembra directa.

5.1 Problemas de Salud
Para recabar la información referida a este punto, se realizaron dos entrevistas grupales a las familias de los niños que fueron referenciados por los denunciantes, otra al director del Hospital y al Intendente de la localidad además de entrevistas informales al equipo de salud de la Sala de Pimeros Auxilios “Santa Rita” y a diferentes personas de la localidad que no estuviesen vinculadas con los denunciantes.
En las entrevistas grupales estuvieron presentes los familiares de siete niños y de un adulto de una localidad vecina por un caso de intoxicación aguda a raíz de un accidente en el manejo de una fumigadora.
5.1.1. Uno de los casos es el del niño Cristian Collado de 11 años al que recientemente se le realizó un transplante de médula en el Hospital Garraham. Si bien no trajo estudios por los que se asocia la enfermedad con la presencia de plaguicidas, comentó que dicha relación fue planteada en la consulta médica.
5.1.2. El caso de Selena Lemos Gauna de seis meses, con diagnóstico presuntivo de epilepsia, anemia hipocrónica y microcítica y pelvis renal derecha bífida sin dilatación cuya historia clínica del Hospital Garraham se adjunta en el Anexo  Nª 5..
5.1.3 También se adjunta la historia clínica del Hospital Garraham de Facundo Kevin Moreno de 5 años con diagnóstico de la enfermedad de Duchenne en tratamiento por distrofia muscular (Anexo Nª 6). Este niño tiene antecedentes familiares con la misma enfermedad por línea materna: dos hermanos de su mamá, uno fallecido y otro, Johnatan Roldán, actualmente de 14 años que se encuentra presente en la entrevista, movilizado a través de una silla de ruedas.
5.1.4. Los otros niños son Leonel González (11 años) que ha sido operado por un cierre de colostomía y Jazmín Gonzáles (7 años) que  nació con los dedos juntos de una de las manos y fue operada para la separación de los dedos. Ambos niños son hijos de Daniel González que ha trabajado en áreas rurales.
Todas estas personas viven en diferentes barrios periféricos de la localidad próximos a zonas rurales y todos ellos mencionaron la presencia de ´mosquitos´ pasando por las calles del barrio en época de siembra, así como fuertes olores cuando hay fumigación área, especialmente cuando el viento es del norte.
Es importante incluir en este informe, que excepto Mirta Maldonado, madre de Jonhatan Roldán, ninguno de los presentes cuenta con obra social ni algún tipo de subsidio para costear el tratamiento y seguimiento de las enfermedades de sus hijos. Aprovechan el encuentro para comentar –que si bien el municipio costea los pasajes para los controles periódicos que deben realizar en Buenos Aires- no han contado con el apoyo suficiente para gestionar un subsidio o pensión ya sea para la compra de medicamentos o para sostener la economía familiar con los altos costos que estos padecimientos produce. Todos cuentan con servicios que el municipio provee agua de red con las características mencionadas en el punto 3.2, luz eléctrica y recolección de basura. Mencionan sin embargo que no reciben una cuota extra de agua potable para uso alimentario del camión cisterna del Municipio[3].
5.1.5. Los otros casos mencionados en estas entrevistas corresponden a los hijos de los señores Francisco Basualdo de la localidad de Bandera y de Elio Fernández, Secretario de la Comisión Municipal de Guardia Escolta (localidad del Departamento de Belgrano). En el primer caso se menciona los problemas alérgicos de su hijo de 6 años. El niño es tratado en el Hospital de Añatuya. El pediatra que atiende a este niño preguntó si eran oriundos de Bandera ya que la mayoría de los casos que se atienden con problemas de salud de estas características, provienen de esta localidad. El otro caso, es de una intoxicación aguda  por contacto con Metamidofos de un joven de 23 años y que fue tratado según la evolución del cuadro en diferentes Hospitales de referencia: Bandera,  Añatuya,  Santiago del Estero y finalmente en Rosario. Si bien ya está dado de alta, sigue sufriendo mareos, dolores de cabeza y náuseas. El señor Fernández también comenta la pérdida de un ojo de un vecino por contacto con plaguicidas. En este caso, la situación se produjo en zona rural cuando el colono levantó la vista para ver el avión que fumigaba y una gota del plaguicida cayó sobre su ojo. 
La presencia de estos dos vecinos en la reunión no sólo se vincula con señalar los problemas de salud relatados sino con dejar testimonio de sus intereses para trabajar en  prevención de daños por plaguicidas. El Sr. Basualdo quiere trabajar la problemática a través de la Pastoral del N.O.A. El Sr. Fernández solicita que se envíe a su localidad un listado de Centros toxicológicos así como capacitación en Atención Primaria Toxicológica para todos los referentes vinculados a la atención y promoción de la salud en su localidad. 
5.1.6. La caracterización de los problemas de salud propios de la localidad relevados a partir de la entrevista realizada con el Dr. Vitar, Director del Hospital de Bandera “Dr. Eliseo Ogallar,” corresponden a la presencia de enfermedades de carácter estacional, esto es, la presencia de problemas respiratorios –bronquiolitis-neumonitis- en período invernal y gastroenterocolitis en período estival. El Dr. Vitar reconoce la presencia de muchos cuadros alergénicos y dermatológicos en la localidad, pero considera que no cuentan con la tecnología adecuada para determinar la relación de estos padecimientos con la presencia de plaguicidas. Considera, a su vez, que la asociación entre plaguicidas y problemas de salud que tiene la gente, se vincula con la notoriedad mediática que se le ha dado al problema de los agroquímicos.  De sus veintiún años de servicios en el Hospital señala un solo caso de intoxicación aguda por agroquímicos que es el caso mencionado en párrafos anteriores. En relación a otras intoxicaciones, señala la atención de intoxicaciones alimenticias, medicamentosas y por animales ponzoñosos (serpientes y araña rastrojera). Todos los médicos cuentan con formación para la atención de la problemática de intoxicaciones. Tampoco registra problemas de salud vinculado a la presencia de arsénico en agua en la localidad.
La presencia de problemas respiratorios estacionales y de piel (erupciones, granos, ronchas) en período estival es señalada como uno de los problemas más consultado en la Sala de Primeros Auxilios Santa Rita. Allí, tanto la enfermera como la médica que atiende consideraron a éstos como problemas muy frecuentes. Para la enfermera, los niños que se bañan en piletas llenadas con el agua de red son los que más frecuentemente presentan estos cuadros.
Ante la consulta de la presencia de olores, ´mosquitos´ y aviones fumigadores que pasaban por el tejido urbano, todos coincidieron en que esto ocurre frecuentemente en período de producción. Caracterizada como una situación corriente, ´paisaje de todos los días´, experiencias personales o de familiares “en la que se le estacionaban al lado y venía un olor horrible” fueron relatos frecuentes y naturalizados desde la cotidianeidad.
5.1.7.En la entrevista solicitada por miembros de la Sociedad Rural y comentada las razones de la visita a la localidad esta situación causó sorpresa ya que consideran que la fumigación es un proceso sumamente controlado (ver producción) y considerando además, que  también viven en la localidad y no sufren este tipo de problemas. Señalan por otro lado la necesidad de que el Estado se ocupe de problemas de salud más relevantes para la provincia tal como Chagas y de los problemas respiratorios de los niños y trabajadores del carbón que se produce en los bosques santiagueños. 
5.2 Impacto ambiental
Vinculado al proceso de producción se constató:
1. En el tejido urbano se encuentran dos silos. El primero, divide a la localidad en dos. Éste corresponde a los silos de la ex Junta Nacional de Granos, de los cuales se extienden las vías del ferrocarril (desactivado) y que constituyen la línea divisoria que separa en dos a la localidad. Los propietarios de este silo han presentado quiebra y para este informe no se dispone información sobre el futuro de los mismos.
El segundo silo que en su localización original correspondía a zona rural, actualmente está enclavado y rodeado de viviendas en las que se incluyen en la cercanía, las viviendas realizadas bajo el Programa habitacional encarado por el Municipio. Actualmente, los propietarios de este silo se encuentran en litigio con el Municipio, precisamente porque argumentan que en el momento de su localización, la zona era rural y no aceptan su relocalización. En entrevistas informales con diferentes pobladores, señalaron que en el momento de funcionamiento de los silos, el ruido es permanente –es decir las 24 horas- así como la presencia del polvillo que vuela en el proceso de almacenaje.
2. La existencia de al menos, un taller (en el registro de este informe) para la reparación de máquinas terrestres destinadas a la fumigación (´mosquitos´) dentro del tejido urbano.
3 Pista y Hangares. Bandera cuenta con tres pistas de aterrizaje. Una de ellas se encuentra a aproximadamente 3 km de la finalización  urbana, pero su pista de aterrizaje, de 1km de extensión corre longitudinalmente a la ruta y no transversalmente en relación al diseño de la ubicación de las últimas casas que se proyectan a lo largo de la ruta. En este hangar se dispone un depósito al aire libre de los bidones utilizados en el proceso de fumigación. Los otros hangares se encuentran aproximadamente a 6.50km y 8km respectivamente. También pudo observarse que la pista de “karting” ubicada detrás del Parque Industrial está balizada con bidones de agroquímicos en desuso.
A lo largo de la entrevistas, no se mencionaron estudios de contaminación ambiental para la zona, pero en varias de ellas, se hizo mención de la disminución de la flora y fauna autóctona  y que en las casas próximas a los campos cultivados, es muy difícil que crezcan las plantas. Se mencionó, p.e. “yo vivo enfrente de un campo, hace años que quiero plantar dos plantas de naranja y todos los años se seca”. En la observación visual del camino lindante entre la zona rural y la zona del barrio “El Ciclón”, sí pudo constatarse que el crecimiento de los paraísos que están a la vera del lote colindante al barrio, tienen un follaje menos desarrollado que los paraísos que están en las calles transversales a dicha calle.
Por otro lado,  se observa la expansión de parcelas cultivadas que llegan hasta los lindes de la zona urbana con viviendas recientemente construidas enclavadas en las mismas parcelas, sin  cortinas arbóreas requeridas tal como sería esperable para la preservación de suelos y de conservación del bosque nativo.

6) MARCO REGULATORIO EN RELACIÓN A LOS PROBLEMAS DENUNCIADOS Y RESPUESTAS INSTITUCIONALES

6.1. Legislación Provincial y Municipal. Estado de situación y propuestas institucionales

La provincia de Santiago del Estero cuenta con la Ley Provincial de Agroquímicos N° 6312 y el Decreto Reglamentario Serie “A” N° 0038 y la Ley Nº 1830/08. “Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia de Santiago del Estero” según los términos de la Ley Nacional Nº 26.331. Ley de Bosques. Estos constituyen los instrumentos legales regulatorios en materia de agroquímicos y de la extensión de tierras cultivables en relación a los bosques nativos.
El registro obligatorio de toda persona física o jurídica que desarrolle cualquiera de las actividades enumeradas en el Art. 2° de la mencionada Ley y que se vinculan con el manejo de plaguicidas[4],  la delimitación del área peri urbana pasible de ser fumigada (Art. 36° y 37°)[5]  así como el  punto A del artículo 6° de la Serie Reglamentaria de la Ley Provincial de Agroquímicos, por el que se fija la ubicación de los depósitos y almacenamiento de productos fitosanitarios constituyen el núcleo de una de las denuncias en relación al impacto en la salud y en el ambiente que tiene el no cumplimiento de estos puntos de la Ley.
Las observaciones y entrevistas realizadas con los diferentes referentes institucionales se centraron en relación a los artículos mencionados de la Ley 6312.
En ese sentido el estado de situación de Bandera es la siguiente:
1.       No existe aún un registro obligatorio de aplicadores ni del equipamiento terrestre y/o aéreo. Las razones expuestas para esta situación son:
a.1) El Municipio aún no ha formalizado la firma del Convenio con la Dirección General de Agricultura y Ganadería dependiente de la Subsecretaría de la Producción dependiente de la Secretaría de la Producción Recursos Naturales Forestación y Tierras (como organismo de aplicación) situación que permitiría  la fiscalización de las tareas de aplicación de equipos y el registro obligatorio de aplicadores.
Consultado en relación a este punto, el Intendente de Bandera, Sr. Oscar Gorosito, manifestó que la firma de dicho convenio está en agenda.

a.2)  El punto C) del artículo 14° de la Ley 6312 establece que las fumigaciones áreas o terrestres deben contar con la autorización de un Ingeniero Agrónomo que deberá llevar el registro que establece el artículo 26 cuyo punto b) plantea como requisito la inscripción y habilitación del C.P.I.A (Consejo Profesional de la Ingeniería y Arquitectura) de la Provincia de Santiago del Estero. En esa dirección, el responsable de la Agencia de Desarrollo Regional del Ministerio de la Producción, Ing. Ariel Grimalt aclara en la entrevista, que aún el Colegio de Ingenieros de la Provincia de Santiago del Estero no se ha expedido acerca del mecanismo de habilitación de la firma de los ingenieros para estos procedimientos.
2.       En relación a la ubicación de locales para la venta y/o almacenamiento de productos agroquímicos hay locales tanto el área urbana como peri urbana. La habilitación de los locales destinados a la comercialización y/o depósito de los productos fitosanitarios se realiza mediante Ordenanza Municipal 10/05 que en ese punto cumple con los lineamientos de la Ley 6312.
3.       Respecto de la expresa prohibición de la Ley 6312 respecto de la circulación de maquinarias autopropulsadas o de arrastre destinadas a la aplicación de plaguicidas dentro del casco urbano y que fuese una de las cuestiones denunciadas, el Municipio regula esta situación a través de la Ordenanza Municipal N° 10/05: Equipos de Fumigación Terrestres Autopropulsados o de arrastre (3 de Junio de 2005). (Anexo N°7).
Por la Ordenanza se establece la prohibición taxativa de la circulación de equipos de fumigación autopropulsados o de arrastre con o sin compuestos químicos en sus depósitos dentro del radio urbano. Por esta Ordenanza se delimita el área de circulación y la expresa autorización por parte del Municipio para el ingreso a los talleres –ubicados en área urbana- mediante certificado previo de lavado correspondiente a los lavaderos autorizados para tal fin. Éstos deberán estar fuera del ejido Municipal.[6]
En la entrevista con Lic. Viviana Puig a cargo del Departamento de Bromatología del Municipio de Bandera, se reconoció esta situación como una cuestión problemática para el Municipio en virtud de varias razones. La circulación de ´mosquitos´ en determinadas circunstancias corresponde a la explosión poblacional de los últimos años y a un desarrollo urbano sin la debida planificación que ha concluido que la localización de talleres y expendedores de plaguicidas se encuentren en áreas actualmente urbanas, en tanto sus ubicaciones originales correspondían a zonas rurales.
Asimismo señaló como altamente problemático que las rutas de acceso a la localidad y las mismas calles de delimitación de las vías de circulación permitidas por la Ordenanza, en la actualidad atraviesan el tejido urbano. En ese sentido, coincidiendo con el Sr. Oscar Gorosito, Intendente de Bandera, entiende que es prioritario y urgente presentar un Plan Maestro de urbanización y re delimitación de las áreas urbanas y rurales.  En el punto 6.2, se describirá la propuesta del Municipio para dicha cuestión.
4.  Bandera cuenta con la Ordenanza Municipal N°13/97 sobre Agroquímicos (Anexo N°8 )
Por la Ordenanza Municipal N°13/97 sobre Agroquímicos, el Municipio debe implementar el registro y matriculación de equipos terrestres y aéreos y la habilitación de los locales destinados a la comercialización de plaguicidas. Los registros incluyen también a las personas que efectúen trabajos de pulverización tanto aérea como terrestre. Las fumigaciones deben contar con la autorización de un Ingeniero Agrónomo. En relación a los Expendedores, deben inscribirse en el Registro de Expendedores, contar con la asistencia técnica de un Ingeniero Agrónomo habilitado y acompañar con la solicitud de Inscripción, croquis (bajo autorización). Se define los productos de venta directa al usuario y los que deben realizarse con receta autorizada por Ingeniero Agrónomo Habilitado. Respecto de las restricciones y prohibiciones en la aplicación de plaguicidas, se exige la obligación de la comunicación de fecha, hora, ubicación de la parcela y producto para aquellos productos que puedan ser tóxicos para la Apis Mellifra (abeja). Se prohibe la aplicación aérea para los productos fitosanitarios CLASE TOXICOLÓGICA “A” Y “B” dentro del radio de 3.000 metros de las plantas urbanas. Excepcionalmente podrán aplicarse productos clase “C” y “D” dentro del radio de 500 metros mediante expresa autorización por el Organismo de Aplicación. En relación a la aplicación terrestre se prohibe los productos clase toxicológica “A” y “B” dentro del radio de 500 metros de las plantas urbanas. La aplicación de los productos clase “C” y “D” deben hacerse según lo prescriba la reglamentación. 
Las acciones que el Municipio ha realizado en relación a esta Ordenanza son:
·         delimitar una zona como “Parque Industrial”. En esta zona se están erradicando y se propone erradicar algunas de los locales de venta y/o depósitos de Agroquímicos y los talleres para maquinaria agrícola.
·         Actualizar el plano urbano y re delimitar el área urbana de la rural.
·         Inspección y habilitación según lo establecido por la Ley 6312 y su reglamentación para los locales de expendio y/o depósito de agroquímicos siguiendo la Ordenanza 10/05.
·         Formalizar una reunión -15 días antes de realizar esta visita- con representantes del Municipio, Agencia para el Desarrollo, Director del Hospital y de la Sociedad Rural y aplicadores para establecer mecanismos de resolución a los problemas planteados. Los acuerdos alcanzados en esa reunión y que fuesen recabadas de las entrevistas con los diferentes representantes institucionales resultan:
o    La posibilidad de abrir nuevas vías de circunvalación en área específicamente rural para la circulación de los equipos de fumigación mediante la cesión de tierras de algunos propietarios del área delimitada.
o    Proponer cultivos alternativos para las tierras comprendidas en los 500 metros aledaños al área urbana: sorgo, alfalfa, cultivos que no precisan de la aplicación    de plaguicidas . 
o    Considerando que los propietarios que circundan el área urbana no deben superar una cifra de 15 propietarios, la Sociedad Rural propuso que el Municipio –hasta tanto se firme el mencionado convenio- regule algún tipo de registro por el cual los propietarios con una antelación no menor a las 24 horas anteriores a una fumigación, notifique producto, parcela, fecha y hora y responsable de la aplicación del plaguicida.
o    Incentivar a los productores que integran la Sociedad Rural adopten la propuesta de AAPRESID –en el momento que se efectivice- de certificación ambiental de todo el proceso productivo garantizando una agricultura sustentable.  

7. Conclusiones

A partir de la información descripta en los apartados previos, es posible concluir que:

7.1. La presencia de silos en el tejido urbano constituye un problema de contaminación ambiental.
7.2. La falta de un Plan de regulación urbana que delimite claramente las aéreas urbanas y rurales y, por ende delimite la reubicación de talleres destinados a la reparación de los equipos de fumigación y que contemple un área de circunvalación para equipos de fumigación y otros tipo de maquinaria constituye un problema que tiene consecuencias ambientales y de salud para los habitantes de la localidad.
7.3. La disposición de la pista del hangar ubicado a 3 km del tejido urbano constituye un problema para la delimitación del espacio urbano con posibles consecuencias ambientales y de seguridad para la población. 
7.4. La disposición de los envases de plaguicidas y productos agroquímicos en las proximidades del tejido urbano a través de una suerte de cesto a cielo descubierto, es en un problema de seguridad ambiental.
7.5. La provisión de agua a través del canal a cielo abierto en las condiciones actuales es verdaderamente un problema de salud pública, agravado por atravesar zonas de fumigación aérea.
7.6. La expansión de áreas de cultivo sin las cortinas arbóreas requeridas para la preservación de suelos, constituye un problema de degradación ambiental.
7.7. La insistente recurrencia en los relatos de distintos actores respecto de problemas respiratorios, dermatológicos coincidentes con los períodos de fumigación es un problema para considerar con una observación más precisa y aguda desde criterios epidemiológicos a implementar por el sector salud.
7.8. No puede afirmarse la asociación entre agroquímicos y los problemas de salud en los casos presentados por los denunciantes a partir de los antecedentes presentados. No obstante, no puede desestimarse dicha relación.      
7.9 Que hay evidencia –al menos para algunas áreas colindantes al área rural, de daños y deterioro de plantas como para asociar dicha situación con  la contaminación por plaguicidas.    
7.10. Que el Municipio no dispone de estudios de evaluación de contaminación en fuentes de agua y suelo, como así tampoco el efecto que estos procesos puedan tener en la salud de las personas.
7.11. Que no hay cumplimiento de lo estipulado por la Ordenanza Municipal 13/97 en lo  que se refiere a registros obligatorios de equipos de aplicación terrestres o aéreos, del personal que efectúa dichas aplicaciones así como de la fecha, hora y producto a aplicar.
8. Recomendaciones
8.1. Recomendaciones que las autoridades Nacionales deben hacer a las autoridades Municipales 
8.1.1 Que se efectivice la actualización del Plan Urbano, y la delimitación de las áreas, para que en consecuencia puedan erradicarse talleres y hangares fuera del aérea urbana.
8.1.2. Que se arbitren los medios para el  cumplimiento de la Ley 6312 y la Ordenanza Municipal 13/97.
8.1.3. Que se considere la posibilidad de abrir nuevas vías de circunvalación en área específicamente rural para la circulación de los equipos de fumigación mediante la cesión de tierras de algunos propietarios del área delimitada tal como fue descrito en el punto 6.1.
8.1.4. Que el proceso productivo del Departamento de Belgrano se realice siguiendo los lineamientos fijados en la Ley Nº 1830/08  , por la cual se aprueba el “Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia de Santiago del Estero” según los términos de la Ley Nacional Nº 26.331.
8.1.5. Que los cultivos en las parcelas colindantes al tejido urbano sean aquellos que no requieran de plaguicidas: sorgo, alfalfa.  
8.1.6. Extremar las medidas precautorias de la calidad de los cursos de agua y mantener un sistema de vigilancia que asegure la  no contaminación de las mismas.
8.1.7. Que se considera como medida de mediano plazo – la posibilidad de entubamiento- del Canal a cielo abierto “Virgen del Valle”.
8.2. Recomendaciones que las autoridades Nacionales deben hacer a las autoridades Provinciales.
8.2.1. Llevar a cabo un relevamiento epidemiológico para evaluar las condiciones sanitarias de la población de Bandera, así como de los  pobladores rurales del área.
8.2.3. Estudiar específicamente los casos presentados por los denunciantes y considerar la asistencia a estas familias –tanto en el acompañamiento como recursos- para sostener los tratamientos de las enfermedades de sus hijos.

8.2.4.     Realizar estudios ambientales de impacto, con particular interés en las fuentes de agua, degradación y contaminación del suelo. 

8.3 Recomendaciones a las autoridades Nacionales
8.3.1. Que se implemente las actividades de capacitación en Atención Primaria Toxicológica con énfasis en plaguicidas solicitada por el representante de la Comisión Municipal de Guardia Escolta.






Mapa político de la Provincia de Santiago del Estero


 Agenda de visita a Bandera – Santiago del Estero.


Hora
Actividad

Justificación
Jueves 28


8.30hs

Entrevista al  Intendente de Bandera, Sr. Oscar Gorosito
Reconocimiento de la situación local: económica, social, salud, normativa. Problemas en relación a la producción agropecuaria.

10.30 hs.
Entrevista simultánea con la Lic. Viviana Puig (Departamento de Bromatología) e Intendente.

Ampliación de información
12.00 hs.
Visita al Parque Industrial, traslada por la Lic. Viviana Puig.

Observación propuestas municipales.
12.30hs.

Entrevista simultánea con Vivian Puig y el Ing. Ariel Grimalt, responsable de la Agencia de Desarrollo Regional dependiente del Ministerio de la Producción.  
Recolección de información: funciones agencia. Uso de agroquímicos.
 14.00 hs.
Entrevista simultánea  del Diario” del Diario” a comisionada y denunciante Victor Krieger


14.20 hs.
Entrevista grupal a familiares de los niños con problemas de salud referenciados por el denunciante Victor Krieger. 
Escucha de los casos, entrega de copia de historias clínicas de dos niños.
15.20 hs.
Entrevista  grupal: Sr. Angel Montes, Sr. Elio Fernández (localidad de Guardia Escolta) y Francisco Basualdo. Familiares de hijos con afecciones agudas y crónica y con voluntad de trabajar en promoción de la salud.

Escucha de caso y propuestas
17.00 hs.
Visita a lugares denunciados: silo Ex Junta Nac. de Granos, hangar 1, vista de expendedores de agroquímicos trasladada por el denunciante.

Observación de lo denunciado
18.00s.
Entrevista simultánea al denunciante Concejal Roberto Antinori, al Sr. Juan Ruiz, Juez de Paz de Bandera y David Andrada, docente del colegio secundario “Roman Sanchez Barque”.

 Ampliación de la denuncia
19.30
Finalización de entrevistas


Viernes 29
9.00
Entrevista al Director del Hospital, Dr. Osvaldo Vitar
Recopilación de información: problemas de salud.

10. 10 hs.
Visita al Municipio
Recopilación de Ordenanzas- análisis de agua
11.30 hs.
Entrevista en la Sociedad Rural, Participan Sr. Carlos Cejas y  Pablo López Anido
Ampliación de la información.
12.40 hs
Reunión en SENASA con el Sr. Pablo Capozucca

Recolección de información
13.15 hs.
Entrevista al Ing. Omar Puig, Jefe de Agencia INTA Bandera

 Recolección de información
16.00hs.
Visita a Sala de Primeros Auxilios Santa Rita. Reunión con
Enfermera Paula González y la psicóloga Karina Zoppi.
Reconocimiento y ampliación información.

17.30 hs.
Recorrido barrios del pueblo, distancia a hangares, ubicación silos. Traslado con vehículo y chofer del Municipio.

Observación de lo denunciado. Ampliacion de la observación.
19.30hs.
Finalización del trabajo.


20.00hs
Viaje de regreso.





FIN DEL INFORME


COMENTARIOS MÍOS

Estimada Leticia (Lahitte):
              Primero, lo primero: Pedirte disculpas sinceras por las apreciaciones equivocadas que hice sobre tu Informe.
Mis arrebatos son un estigma de origen que no logro corregir; mi natural ansiedad y efusividad me llevan a perder las formas. Me involucro en exceso y hablo o escribo de más, luego me arrepiento, pido disculpas y a poco, empiezo de nuevo. Mi hija me reta (y corrige), mi esposa me reta (y me reta) y así seguirán las cosas hasta que alguien me dé un escarmiento.
              Como en realidad es muy poco lo que te conozco (en lo personal y profesional), me costó descifrar la estructura interna o el mensaje subliminal que le diste al Informe. Espero que tus Jefes lo interpreten como yo, que se tomen tiempo de leerlo con la cabeza (cosa que dudo) y desentrañar lo que logras “decir”, sin decirlo convencionalmente.
              Esta es más, o menos, mi interpretación, disculpas mediante:

INFORME LAHITTE  (Mi interpretación)
(RESUMEN)

DE LOS FUNCIONARIOS DE LA PRODUCCION Y MUNICIPÀLES:

4.1 – Párrafo 5º) Dice Omar Puig. Jefe Ag. INTA
                        Los productores tienen sus propios Ingenieros Consultores y son ellos quienes emiten una Orden de Fumigación.
                        Los expendedores tienen la obligación de vender el producto con una “receta de aplicación” extendida por Ingeniero Agrónomo de la empresa inscripto en el Registro Oficial. (Pero no dice que se deben guardar copia de todos estos registros, para control)
                        Esta receta es entregada a la empresa de aplicación que cuenta con otros Ing. Agr. para controlar las aplicaciones.
                        Además, dice Puig, que los controles impositivos permiten verificar tipo y calidad de productos adquiridos y aplicados. Lo que no dice es que la evasión ronda el 80%, de manera que la mayoría de los productos se compran y aplican EN NEGRO. Lo de la evasión lo denunció públicamente la AFIP. Mismo criterio para el personal interviniente en las aplicaciones ya que, sin excepción están EN NEGRO y desprovistos de toda protección social.

LEY 6312 – Art-.14 – Pto. C) – Dice la Ley.
            Que las fumigaciones aéreas o terrestres deben (si o si) contar con la autorización de un Ingeniero Agrónomo que deberá llevar el Registro que establece el Ar. 26) que en su Punto b) dice: Los Ingenieros Agrónomos deben contar (si o si) como requisito indispensable con la INSCRIPCIÓN Y HABILITACION  DEL CONCEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA.

6.4. – Dice la Ordenanza Municipal sobre Agroquímicos Nº13/97
            El Municipio DEBE implementar el Registro y matriculación de equipos terrestre y aéreos, personas que efectúen trabajos de pulverización y la habilitación de locales para la comercialización de plaguicidas.
            Dice que los expendedores deben inscribirse en el Registro de Expendedores con Ing. Agr. Habilitado y a continuación describe los lineamientos de la 6312. (Vamos a llevar los registros a la Justicia, a ver cuánto se registró en 15 años).

5.1.7. – Dice el Presidente de la Soc. Rural.
            Respecto a dosis de aplicación y deriva por volatilidad de los agrotóxicos, la denuncia y los temores son inconsistentes porque, por estricta razón de costos, “ellos” no desperdician veneno en personas.
            Además, la fumigación es un proceso sumamente controlado (Sic).

PERO RESULTA QUE:
6.1 a.2) Dice el responsable de la Agencia de desarrollo Regional del Ministerio de la Producción
             Sr. Ariel Gimalt:
            El Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Santiago del Estero todavía no les informó sobre el mecanismo de habilitación de firmas para estos procedimientos. Ergo no existe absolutamente nadie registrado. ¡Qué hijos de p…..!!!!!!


DE LOS FUNCIONARIOS DE LA SALUD

5.1.6 – Dice el Director del Hospital Eliseo Ogallar, Dr. Osvaldo Vitar.
            Que la asociación entre plaguicidas y problemas de salud que tiene la gente, se vincula con la notoriedad mediática que se le ha dado a los agroquímicos.
            Que en 21 años de servicio, hubo un solo caso de intoxicación aguda por agroquímicos que es, casualmente, uno de los que lo denuncian. (¿solo porque lo denuncia?)

PERO RESUTA QUE:
5.1.6. – Párrafo 2 – Dice la enfermera y la médica de la Sala de Prim. Aux. Santa Rita.
            La presencia de problemas respiratorios y de piel (erupciones, granos, ronchas) en período estival (siembra de soja) es uno de los problemas más consultados. Consideran a estos como problemas muy frecuentes (ya que la contaminación del agua del canal, ergo de red, tiene los mismos contaminantes agrotóxicos).

RESPECTO AL TIPO DE VENENOS UTILIZADOS

4.1. – 7º) Párrafo. Dice Omar PUIG
            Utilizamos sal amina ( no dice 2.4.d en solución Sal Amina), más glifosato, más atrazina. Esta última tiene una tremenda fototoxicidad conocida y temida por todos.
            No dice una sola palabra sobre los biocidas (VENENOS) utilizados que son, realmente, los más letales para el hombre, aparte del glifosato.
Esto, desnuda intencionalidad y promueve a la desinformación, ocultamiento de datos, falsificación de informes, incumplimiento de los deberes de Func. Públ. etc. 

PERO RESULTA QUE:
5.1 – 5.1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5
Tanto las patologías denunciadas, como los olores nauseabundos o ”ropa nueva” denuncian presencia de tóxicos (para eso se los odoriza) se corresponden, precisamente, con el uso de biocidas (VENENOS) alguno de ellos prohibidos, pero aún así de venta continua.

3.2. Párrafo 3º) . Dice el Informe Lahitte:
            En momentos de la visita, el Municipio registra 100 desocupados.
            Debería hacerse pública la nómina de los empleados en blanco del Municipio. (descubrirán que en este pueblo son 3 los que trabajan, y que el campo (280.000 hás. de soja para Depto. Belgrano) está absolutamente deshabitado y con piloto automático).

DEMOLEDOR
5.2.3. – pÁrrafo 3º) – Informe Lahitte dice:
Se observa la expansión de parcelas cultivadas que llegan hasta los lindes de la zona urbana con viviendas enclavadas EN LAS MISMAS PARCELAS, sin cortinas arbóreas obligatorias

CONCLUSIONES

7.1- 7.2- 7.3- 7.4-  – Dice el Inf. Lahitte:
Constituye CONTAMINACION AMBIENTAL

7.9
Hay evidencias en zonas colindantes al área rural de contaminación por plaguicidas.
7.10
El Municipio no dispone de estudios de evaluación del efecto que estos procesos puedan tener sobre la salud.
7.11
Incumplimiento a la Ordenanza de Agroquímicos 13/97

RECOMENDACIONES A AUTORIDADES MUNICIPALES

8.1.2.
Se arbitren los medios para dar cumplimiento a la Ley 6312 y Ordenanza Munic. 13/97.
8.1.5.
Que los cultivos en las parcelas colindantes sean aquellas que no requieran de plaguicidas.

RECOMENDACIONES A AUTORIDADES PROVINCIALES

8.2.1
Llevar a cabo RELEVAMIENTO EPIDEMIOLÓGICO  (Elemental)
8.2.3
Estudiar los casos presentados por los denunciantes y prestar asistencia y sostener tratamiento de las enfermedades.


Por último, estimada Leticia, como me he dado cuenta que no tienes por costumbre contestar epístolas, doy por concluidas mis disculpas y te saludo muy cordialmente.
Victor Krieger Fabbroni.






[1] En el período de 1998-2002, la provincia de Santiago del Estero perdió 306.055 hectáreas por deforestación  con una tasa anual de deforestación de -1,18% más alta comparativamente que la provincia de Salta y Chaco y de la tasa mundial para el período 1990-2002 de -0,23%. En dicha tasa no se contempla el proceso de degradación que en un largo plazo lleva a la extinción de las áreas forestales. En: Parmuchi, M.G et al. Mapa Forestal. Provincia de Santiago del Estero. Actualización 2002. (2004) Unidad de Manejo del Sistema de Evaluación Forestal. Dirección de Bosques. Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. Ministerio de Salud y Ambiente.
[2] Se propone este cultivo por la alta rentabilidad por hectárea y porque ser un cultivo orgánico ya que no precisa ni de fertilizantes y pesticidas.
[3] Cabe recordar que la provisión de agua potable es sumamente problemática en esta localidad y que la provisión se completa con varios métodos tal como fue expuesto en el punto 3.2  y entre ellos, se menciona la provisión de una cuota de agua potable a través de un camión cisterna.
[4] que quedan sujetos a las disposiciones de esta Ley y sus normas reglamentarias la elaboración, formulación, transporte, almacenamiento, distribución, fraccionamiento, expendio y aplicación de productos fistosanitarios así como de destrucción de envases, investigación, experimentación y desarrollo de nuevas tecnologías, capacitación para el manejo y operación que implique el uso de estas sustancias que se empleen tanto para la producción agrícola, uso doméstico y para el control de plagas urbanas cuyo empleo, manipulación y/o tenencia a cualquier título comprometa la calidad de vida de la población y/o medio ambiente”

[5] Por el artículo 36° se prohibe “la aplicación área de productos fitosanitarios de la clase toxicológica A y B dentro del radio de tres mil (3.000) metros de las plantas urbanas. Excepcionalmente podrán aplicarse productos de clase toxicológica C o D dentro del radio de quinientos (500) metros, cuando en la jurisdicción exista ordenanza municipal o comunal que lo autorice, en los casos que taxativamente establecerá la reglamentación de la presente. Idéntica excepción y con iguales requisitos podrán establecerse con los productos de clase toxicológica B para ser aplicados en el sector comprendido entre los quinientos (500) y tres mil (3.000) metros.
Por el artículo 37° Prohíbese la aplicación terrestre de productos fitosanitarios de clase toxicológica A yB dentro del radio de quinientos (500) metros de las plantas urbanas, la aplicación por este medio de productos de clase toxicológica C y D se podrá realizar dentro del radio de los quinientos (500) metros y conforme a la reglamentación”.
[6] Por dicha Ordenanza, se fijan además, las sanciones y  prohibiciones. Dentro de éstas, se describe el tipo de construcción vedadas en las proximidades de los locales de venta y depósitos de agroquímicos según la Ley 6312 y su reglamentación.


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